Ley Segunda Oportunidad Cornellà de Llobregat

Eliminamos todas tus deudas y las cancelamos…¡Por Ley!

Por si no conoces la Ley de la Segunda Oportunidad, debes saber que con este procedimiento judicial puedes llegar a eliminar las deudas que tanto te angustian y recuperar la vida que tenías antes.

Actualmente vivimos una crisis sanitaria importante por el COVID19, la cual lleva aparejada una nueva crisis económica y financiera cuando aún estamos arrastrando la anterior crisis económica que empezó en 2008. La crisis anterior caló profundamente, y en España no empezó a remitir hasta 2015, por lo que parece que ahora “llueve sobre mojado”.

Es por ello que en estos momentos vuelve a tener una gran trascendencia la llamada Ley de la 2ª Oportunidad, o lo que es lo mismo, los artículos que fueron incluidos en la Ley Concursal mediante la entrada en vigor del Real Decreto 1/2015, de 27 de febrero , el cual supuso verdaderamente una nueva oportunidad para personas física y autónomos de hacer frente a sus deudas, cancelarlas, y poder salir de una situación personal de crisis económica-financiera que, de no ser por este mecanismo de cancelación de deudas podría enquistarse y eternizarse, impidiendo poder salir adelante de una forma legal y no traumática.

¿Qué es la Ley de la 2ª Oportunidad?

La Ley de la Segunda Oportunidad es una norma a través de la cual se puede conseguir la exoneración completa de todas tus deudas. Tiene una primera fase extrajudicial, en la que se tiene que proponer un plan de pagos a los acreedores, y si este plan de pago no es aceptado, tenemos la fase judicial, en la que el Juez determina la exoneración completa de tus deudas.

¿Quién puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?

A la Ley de Segunda Oportunidad pueden acogerse ciudadanos particulares y autónomos.

Antes de la entrada en vigor de esta ley, solamente existía la ley concursal para las empresas, pero gracias a la transposición de la Directiva europea sobre insolvencias el Estado Español tuvo que incluir a particulares, y autónomos que hayan fracasado en su aventura empresarial, que hasta ahora debían afrontar sus deudas con su patrimonio presente y futuro.

Los requisitos principales para acogerse a esta Ley son:

  • Ser un deudor de buena fe.
  • Hallarse en situación de insolvencia.
  • Que el importe de las deudas sea entre 10.000€ y 5.000.000€ y, que no haber obtenido este beneficio dentro de los diez últimos años.
  • Que el deudor no haya sido condenado en sentencia firme por delitos contra el patrimonio, delitos de orden socioeconómico, de falsedad documental, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores en los 10 años anteriores a la declaración de concurso. Es decir, no haber cometido delitos fiscales.

Le asesoramos sin compromiso:

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¿Cómo puedo acogerme a la Ley de 2ª Oportunidad?

Debido a la complejidad del procedimiento, que en la mayoría de casos conlleva realizar las dos fases indicadas anteriormente, lo más adecuado para asegurarse de un resultado positivo es ir acompañado durante todo el proceso por un abogado experto en la materia. El mismo te asesorará y ayudará a la recopilación de la documentación inicial necesaria y manejará bajo la defensa de tus derechos e intereses la aplicación de la Ley de la Segunda Oportunidad en cada trámite extrajudicial y judicial.

Es por ello que, si te encuentras en situación de sobreendeudamiento, no puedes pagar la hipoteca, o no llegas a fin de mes, entre otras, y ninguna entidad financiera te quiere ayudar, llámanos y analizaremos tu caso en profundidad para solucionar tu problema, podemos ayudarte!