La crisis financiera de los años 2006-2008 dejó a muchos empresarios y familias sobreendeudados. Y cuando aún no nos habíamos recuperado de esta crisis financiera, viene la crisis mundial sanitaria del Coronavirus.
A estas alturas, la mayoría de expertos coinciden en que la causa de este sobreendeudamiento de las familias – y también de muchos empresarios- fue la indebida concesión de préstamos hipotecarios y financiación empresarial.
Los bancos empezaron a conceder más dinero de lo que una familia necesitaba, cantidades fuera de sus posibilidades, y luego, al empezar la crisis, es cuando empezaron a surgir los problemas.
Las consecuencias de todo ello han sido lo que hemos ido viendo todos estos años y que aún a día de hoy se están produciendo: ejecuciones hipotecarias, avales de familiares, rehipotecas, créditos con intereses abusivos, inscripción en registros de morosos o tirar de tarjetas tipo revolving para intentar llegar a cerrar el mes.
Repasamos algunas de las situaciones en las que la entidad financiera puede haber aplicado una mala praxis y abuso de derechos frente al consumidor.
NULIDAD DE AVAL
No han sido pocos los bancos que además de pedir que hipoteques tu casa, te pedían incluir tu aval personal, y también el de toda la familia. Además de esto, muchas veces también solicitaban incluir la casa de tus padres o de algún familiar, causando un desequilibrio total y dejando en clara situación de desventaja al consumidor. Pues bien, en determinadas ocasiones donde existe un claro abuso de derecho y mala praxis bancaria, y siempre que se pueda demostrar que existe una sobregarantía del capital del préstamo, se puede eliminar el aval o garantía (personal o real) de tus familiares.
EJECUCIONES HIPOTECARIAS
El impago de los préstamos hipotecarios ha llevado a que las entidades bancarias insten ejecuciones hipotecarias ante los tribunales, que en la mayoría de casos terminan en desahucios. No obstante, cuando se termina la ejecución, en muchas ocasiones el banco sigue reclamando deuda pendiente (intereses, costas) a los titulares. En determinadas ocasiones ello también supone una mala praxis en perjuicio de los derechos del consumidor.
LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD Y NEGOCIACIÓN DE DEUDAS
La ley de segunda oportunidad es una herramienta legal que desde el año 2015 está puesta a disposición de los consumidores y que permite exonerarse de su sobreendeudamiento si se cumplen los requisitos legales preestablecidos.
En los casos en los que no se cumplan también existe la opción de llevar a cabo una negociación con la entidad u organismo con quien se tiene una deuda, ya que ambas partes tienen interés en solventar la situación.
MICROCRÉDITOS Y TARJETAS REVOLVING
Acudir a créditos “rapidos” y las llamadas tarjetas revolving ha sido también uno de los recursos a la desesperada que muchos consumidores han tenido que optar. La entidad financiera se aprovecha claramente de la situación del consumidor ofreciendo la financiación a cambio de intereses claramente usureros y abusivos. Ya son múltiples las sentencias que declaran la nulidad de esta mala praxis ante los tribunales.
ABOGADOS EXPERTOS EN DERECHO FINANCIERO EN CORNELLÀ DE LLOBREGAT
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Abogado, Administrador y Mediador Concursal
Máster en derecho de negocios mercantil en ICAB
Postgrado, Escuela Prática Jurídica
Licenciado en Derecho en UB