EL CONCURSO DE ACREEDORES: CUÁNDO Y CÓMO TENGO QUE INICIARLO
El concurso de acreedores es el mecanismo mediante el cual la empresa -persona jurídica- (o también la persona física mediante el procedimiento de Ley de Segunda Oportunidad) notifica al Juzgado competente que se encuentra en insolvencia y está interesada en iniciar un procedimiento que la llevará o bien a un acuerdo de pagos o incluso a la liquidación de la empresa.
En los últimos meses han sido muchas las empresas que, lamentablemente y a causa de la crisis mundial sanitaria y también la crisis económica, han visto cómo su patrimonio es insuficiente para hacer frente a todo su pasivo (sus deudas). Por esta razón, y llegados a este punto, la legislación española, ofrece al empresario la opción de iniciar un procedimiento que tendrá como objetivo regular y normalizar sus deudas con los acreedores.
El concurso de acreedores viene regulado en la Ley 22/2003, de 9 de julio y regula no solamente el procedimiento a seguir sino, sobre todo, cuándo y cómo una persona jurídica o física debe notificar que está en situación de insolvencia.
De hecho, uno de los puntos más importantes del procedimiento de concurso de acreedores es saber cuándo se debe notificar el concurso a los juzgados. En caso contrario, se podría hablar de un delito por parte de los administradores, lo que podría acabar resultando en que los socios respondan con su patrimonio personal presente y futuro.
Por tanto, se debe tener en cuenta que a pesar de que una empresa sea “sociedad Limitada”, existen muchos casos en los que la responsabilidad podría fácilmente pasar de estar limitada, a ilimitada, con el perjuicio que ello podría suponer para el patrimonio del administrador/es de la empresa en concurso.
Por tanto, es muy importante contar con abogados expertos y especializados en derecho concursal, quienes te podrán asesorar no solamente en cuándo se puede o se recomienda instar un concurso de acreedores sino también qué hacer para poder evitar iniciar el concurso de acreedores y una posible liquidación de tu empresa.
CUÁNDO Y CÓMO PEDIR EL CONCURSO DE ACREEDORES
La Ley concursal establece que cuando la empresa se encuentre en “estado de insolvencia actual o inminente”, el administrador tiene la obligación de comunicar dicha situación, y ello se hace mediante la solicitud de un concurso de acreedores.
¿Qué significa y cuando me encuentro en una situación de insolvencia? Cuando se prevé que no puedes cumplir de forma regular y puntual con las obligaciones de la empresa. Desde este momento, la ley da un plazo de dos meses para poder comunicar legalmente esta situación e iniciar los tramites.
Es muy importante conocer cuando se debe iniciar el procedimiento ya que ello puede suponer, como hemos dicho, que la calificación del concurso pueda ser de culpable y por tanto, el deudor acabe respondiendo de forma ilimitada de las deudas de la sociedad, con su patrimonio personal.
EL PROCEDIMIENTO Y FASES DEL CONCURSO DE ACREEDORES
Antes de hablar sobre el procedimiento del Concurso de Acreedores es necesario hacer referencia a la solicitud de PRE-CONCURSO. Cuando el deudor puede prever una situación de insolvencia, y con el fin de poder evitar el concurso, existe el llamado mecanismo de “pre-concurso”, regulado en la Ley Concursal, que no deja de ser una comunicación al Juzgado competente de que se van a iniciar negociaciones con los acreedores para así llegar a un acuerdo y evitar así una situación de concurso. El juez, una vez reciba la solicitud, dará un plazo de 3 meses para poder lograr un acuerdo mediante negociación. En caso contrario, se podrá presentar el concurso.
Dicho lo anterior, podemos resumir el procedimiento de concurso de acreedores en sus cuatro fases.
- FASE COMÚN. Es el inicio del concurso, que puede ser voluntario (cuando lo inicia el deudor) o bien necesario (cuando lo inicia algún acreedor). Se presenta ante el Juez correspondiente una solicitud de concurso, y si se cumplen todos los requisitos legales, se dictará un auto declarando el concurso de acreedores. Es entonces cuando se nombrará a un administrador concursal, que será la persona encargada de la administración de la empresa y de su patrimonio mientras dure el concurso. Es aquí cuando además, se hará una valoración de la “masa activa del concurso”. Es decir, qué deudas tengo y qué bienes tengo para responder.
- FASE DE CONVENIO Una vez finalizados los tramites anteriores, se presentará ante el juez una propuesta de convenio. En esta propuesta se deberá indicar con detalles propuestas de quita o espera respecto las deudas con los acreedores. Posteriormente, se convocará a la Junta de Acreedores para que éstos voten la propuesta de convenio que mejor convenga. Y en última instancia será el juez quien finalmente a pruebe el convenio previamente aceptado.
- FASE DE LIQUIDACIÓN Es una fase que se puede abrir en cualquier momento del procedimiento de concurso de acreedores, a instancias del deudor. Esta fase supone la venta de todo el patrimonio (bienes del deudor) para así pagar el máximo de deuda posible (según el orden que establece la Ley).
- FASE DE CALIFICACIÓN En esta última fase, el Juez dictará una sentencia en la que calificará el concurso o bien de “fortuito” o bien como “culpable”. Este ultimo caso se da cuando el deudor hubiera generado o agravado la situación de insolvencia. De ahí que sea tan importante saber cuando se debe instar un concurso de acreedores.
CONCURSO DE ACREEDORES Y CRISIS SANITARIA (COVID-19)
Si el año 2020 fue uno de los peores para nuestra economía a raíz de la crisis sanitaria del Coronavirus, este año 2021 aún estamos arrastrando las consecuencias, y parece que han venido para quedarse durante un tiempo.
El estado de alarma, el miedo, desconfianza y medidas adoptadas por nuestro gobierno ha hecho que sean muchas las empresas que vean reducidos sus ingresos hasta llegar a planearse, en algunos casos, la prosperidad del negocio.
Por eso, y hoy más que nunca, es muy importante conocer las últimas novedades legislativas para así conocer cómo nos pueden ayudar y en qué situación nos encontramos.
ABOGADOS EXPERTOS EN DERECHO CONCURSAL
La legislación en materia concursal es muy precisa y estricta, y allí donde no llega la ley lo hacen los tribunales en sus sentencias. Por ello es altamente recomendable que acudas a un abogado experto en derecho concursal para que pueda asesorarte en tu situación particular. En BATLLE FERRER contamos con abogados de derecho concursal en Cornellà de Llobregat. Si tienes una situación de insolvencia no dudes en contactar con nosotros para poder hacerte un asesoramiento personalizado y ver qué opciones y salidas tienes para tu situación.
Batlle Ferrer Abogados nace con el compromiso de brindar la mejor atención a nuestros clientes del Baix Llobregat. En nuestro despacho de abogados en Cornellà de Llobregat puedes encontrar el mejor asesoramiento jurídico día a día y con la máxima calidad.